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EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCIÓN DEBEN SER AFILIADOS AL IESS

Los empleados de la construcción deberán ser contratados y afiliados al IESS.



Redacción Urbaniza2.com | miércoles, 19 de marzo de 2014

 

De acuerdo al nuevo decreto ministerial de trabajo para los empleados de la construcción, publicado el 13 de marzo, todo empleado que sea contratado por personas naturales para realizar trabajos en obras particulares, deberán registrar un contrato laboral y ser afiliados al IESS.

Según Francisco Vacas, ministro de Relaciones Laborales, si alguien contrata a un empleado de la construcción, inclusive si es el caso para levantar únicamente una pared, manifestó que a este empleado puede contratárselo bajo la modalidad de contrato eventual discontinuo, que puede regir desde 1 día hasta 180 días en obras específicas. Así mismo, este empleado debe ser afiliado al IESS, si el empleado llegará a accidentarse y sufre algún percance en su salud, como una fractura, el empleador deberá asumir los gastos médicos y una multa económica en caso de no haberlo afiliado.

En el caso de  las empresas inmobiliarias o las constructoras es indispensable que registren el proyecto, junto al número de trabajadores por etapa, en el Ministerio de Relaciones Laborales.

Las nuevas normativas tendrán vigencia a partir de 180 días posteriores a su publicación en el Registro Oficial, que está previsto sea esta semana. Posterior a esta fecha se realizarán los correspondientes controles para su cumplimiento. Si existen faltas y no se cumple con estas normas se aplicarán multas que van desde USD 50 a USD 3400.

 
 
 
 
 
 
 
 

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